....."NUNCA UNO PUEDE SENTIRSE SATISFECHO DE SUS LOGROS, PORQUE SIEMPRE HAY UNA TAREA MÁS QUE CUMPLIR"..........

16/6/10

CASTIGO PARA LOS HOMBRE EN EL TAHUANTINSUYO

CASTIGO, IVSTICIA, SANCAI [cárcel perpetua], INQVICICIÓN
/ yscay sonco auca [traidor] / “Yaya Pacha Camac, uanazac yaya. Cay soncuypa yuyascanmi.” [“Padre creador del mundo, voy a escarmentar. Padre, es la memoria de mi corazón.”] / “Caypaccho yaya yumauarcanqui, mama uachauarcanqui?” [“¿Es para esto que me engendraste, padre, y me pariste, madre?”] / “Zancay suclla micuuay huchazapa soncuyta.” [“Cárcel, cómeme de una vez este mi corazón pecador.”] / “Maypim canqui huchazapapac camachic? Quispichiuay, Runa Camac dios.” [“¿Dónde estás, creador del pecador? Creador del hombre, Dios, sálvame.”] / castigo.

/ sankay / iskay sunqu awqa / Yaya Pacha Kamaq, wanasaq, yaya. Kay sunquypa yuyasqanmi, / Sankay suklla mikhuway huchasapa sunquyta. / Kaypaqchu yaya yumawarqanki, mama wachawarqanki? / Maypim kanki huchasapaqpaq kamachiq? Qhispichiway, Runa Kamaq dios. /

Publico estos artículo relacionados a las formas de castigo en el TAHUANTINSUYO escritas por el Cronísta Huamán Poma de Ayala, para enriquecer el conocimiento sobre los Incas. Consta de un sinnúmeros de articulos relacionados a varios aspectos de las formas de vida, con una visión occidentalizada de parte del cronísta de todo lo que se observaba.

PRIMER CASTIGO DE ESTE REINO

PRIMER CASTIGO DESTE REINO:
Castigos y preciones y cárzeles de los Yngas para la justicia que tenían en este rreyno para el castigo de los malos:
Zancay a, cárzeles de los traydores y de grandes delitos como de la ynquicición. Zancay deuajo de la tierra hecho bóbeda muy escura, dentro criado serpientes, colebras ponsoñosas, animales de leones y ticre, oso, sorra, perros, gatos de monte, buytre, águila, lichusas, zapo, lagartos,
Destos animales tenía muy mucho para castigar a los uellacos y malhechores dilenqüentes auca [enemigo], yscay songo b [traidor], suua [ladrón], uachoc [adúltero], hanpioc [brujo], ynca cipcicac [murmuradores del Inka], apuscachac [soberbio]. A estos dichos le metían hatun huchayoc [grandes delincuentes] para que la comiesen bibo y algunos no las comía por milagro de Dios y lo tenía dos días enserrado. Dizen que se sustentaua con tierra y se saluaua destos animales. Luego mandaua sacar el Ynga y le daua por libre cin culpa y ací lo perdonaua y lo bolbía la honrra. Y ancí dizen que [e]scapaua desta cárzel llamado zancay.
Estos dichos cárzeles auía en las ciudades y no podía auer en otra parte, porque no se podía sostentarse, cino que sólo el Ynga lo podía sustentallo. Ni lo podía tener otros señores deste rreyno. Por lo primero, que sólo las grandes ciudades rrequería tenella y lo segundo, la magestad del Ynga era justicia mayor. Lo tersero, con este miedo no se alsaua la tierra, pues que abía señores desendientes de los rreys antigos que eran más que el Ynga1. Con este miedo callauan.
PINAS [cautivo], CÁRZELES
/ huchayoc auqui [príncipe culpable], prínsepe / castigo /
Yuyaymi apauan Uacaynù apauan Caycan soncuyta Nacaycosacmi Haray haraui Pinas uaci Uatay uazi Cachariuaytac.
[El pensamiento me lleva, El llanto me transporta, Este mal corazón Lo voy a sacrificar. Haray, harawi Cárcel Prisión ¡Suéltame!]

SEGUNDO CASTIGO INCA

EL SEGVNDO CASTIGO:
Pínasa, el segundo cárzel que a los prencipales y a los demás yndios se castiguana en estas cárzeles:
Y mandaua que no durasen tanto tienpo, cino que luego les sentenciaua a la muerte o a af[r]entar y castigos o tormento que ellos les llaman chacnay thocllauan, chipanay uillaconanpac [dar tormentos de cuerda, con el lazo y con la loza para que se confiesen]. Y se le hallaua, le sentenciaua como dicho es a muerte o asotes, destierro a las minas o a las ocupaciones y trauajo de luccre [?] del Ynga. No sentenciaua a las galeras porque no las auía. La comida daua su rración y seruicio pero que no le daua lugar que hablase con nadie.
Tanbién auía protetor los questauan serca del Ynga le ayudaua. A éste les llamaua runa yanapac, uaccha yanapac [que ayuda generosamente a la gente, a los necesitados]. Como dicho es, que tenía otro aposento y corral y patio y casa adonde le tenía preso a los prínsepes, auquiconas, y a los señores grandes como capac apo [señor poderoso], huno apo [señor de 10000 unidades domésticas en el estado Inka], guamanin apo b [señor de una comarca o wamani], uaranca curaca [señor de 1000 unidades domésticas]. Sólo estos dichos tenía en esta casa preso y con alemento y mucho rrecaudo y seruicios y aparato.
Se deuía tenella porque fuesen seruido los grandes señores destos rreynos que el propio Ynga les yua a uecitar y las señoras coyas [reina] y los prínsepes y auquiconas y nustas [princesas] le becitauan a esta casa grande y a los demás cárzeles de los pobres. No les uía cino que tenía mandado para que den rrecaudo, alemento a los pobres. Y ací tenía estas dichas hórdenes y preciones en todo su rreyno y en las ciudades.
VINPILLAI a, CASTIGOS DE ADVLTERAS
/ uachoc [fornicario, adúltero] / uachoc haplla [adúltero, violento] / “Uanuy, auca!” [“¡Muere, enemigo!”] / “Huchaymi, yncallay” [“Es mi culpa, inka mío.”] / Quillis Cachi ynca / castigo /

TERCER CASTIGO INCA

EL TERZERO CASTIGO: Castigo de adúlteras:
Preguntaua ci se consentían los dos y para auello de castigar igualmente fue sentenciado a muerte, tirándole con piedras en el citio que le llaman uinpillay a [en que daban trato de cuerda por un día]. Y ci le fuerza el hombre a la muger sentencia al hombre a la muerte; a la muger le sentencia ducientos asotes con soga de toclla [lazo] y destierro al depócito de las monjas acllaconas [las escogidas] para que cirua toda su uida en aquella casa. Ya no haze uida con su marido porque fue afrentada uachoc, adúltera.
Y ci lo forsó la muger al hombre, le sentencia a la muger a muerte y al hombre a los asotes y destierro a la montaña a los yndios Chunchos para nunca más pareser. Y se se concienten los dos, mueren juntamente y no le an de enterrar que allí le an de comelle los buytris y soras y los güesos a de estar por los suelos tendido.
Questa justicia y ley tenía en todo el rreyno puesta y los castigaua los corregidores tocricoc b y los jueses michoc y jues de comiciones, Quiles Cachi cimi apac c. Y ancí andaua la tierra muy justa con temoridad de justicia y castigos y buenos egenplos. Con esto parese que eran ubidente a la justicia y al Ynga y no auía matadores ni pleyto ni mentira ni peticiones ni proculadrones 1 ni protetor ni curador enteresado ni ladrón, cino todo uerdad y buena justicia y ley.

ANTA CACA, ARAVAI [horca], CASTIGOS DE VÍRGENES
/ tasquecona uacllispa huchallicoccuna [los jóvenes que se corrompieron y pecaron] / Equeco ynca / Anta Caca, cobre pena / castigo /
DEL INGA
/ thaskikuna waqllispa huchallikuqkuna

EL CUARTO CASTIGO INCA

EL QVARTO CASTIGO:
Castigo de donzellas y de donzeles, los castigos que hazía para que se guardasen el bien y onrra de la donzel y donzella deste rreyno y pulicía y buena justicia y gouierno:
Y ancí los dichos forzadores de las mugeres donzellas o forzadores de las mugeres a los donzeles y ancí en aquel tienpo se castigaua ci se consentieron los dos, el hombre y la muger. Sentencian a muerte, colgado bibo de los cauellos de una peña llamado arauay [horca] o de Antaca Cacaca [sic] o de Yauar Caca. Allí penan hasta murir.
Dizen que fue muy lástima que allí canta sus canciones araui a y dize:
aya condor apauay Tura guaman pusauay Mamallayman uillapuuay Nam pisca punchau Mana micosca, mana upyasca Yaya cacha puric, quilca apac, chasqui puric Cimillayta soncollayta apapullauay Yayallayman mamallayman uillapullauay
[Padre cóndor, llévame, Hermano gavilán, guíame, Intercedan por mí ante mi madre. Ya estoy aquí por cinco días Sin comer, sin beber, Caminando como mensajero de mi padre, que lleva instrucciones, que corre como mensajero. Lleva, te ruego, mis palabras y mi corazón, Intercede por mí ante mi padre, ante mi madre.]
Y mueren colgado. Ci le forsó el hombre, muere solo. Y se le forsó la muger, muere la muger solo. El acometedor y el que se dexó acometerse lleua castigo, asotes con chocclo copa, un asote de cabuya, en la punta hecho pelota, de dentro tiene piedra que le muele las entrañas. Con ella le da cinqüenta asotes y le saca media muerta al yndio o a la yndia. Cúranle y le sana dello. Y ésta nunca más se a de casar ni a de ser manseba en su uida, porque le matará por la ley que tienen y porque en s
u uida ya fue adúltera de la uirginidad, puta pública cin onrra y le desonrró a toda su casta, muera.

QUINTO CASTIGO

QVINTO CASTIGO:
Castigo de los que dan ueuedizos y ponsoñas, los que mata a los yndios :Que a éstos les llamauan hanpiyoc, collayoc, runa uatoc, ynca uatoc, pachata pantac, yma hayca hanpita, machacuayta, hanpatota, pizacata, runa uanochinata uacaychac caycunata, astaya, ayzay uanochi. Yauar pampapi tucuchon churinuan mitanuan [curanderos, herberos, adivinos del pueblo, adivinos del Inka, los que engañan al mundo, los que guardan toda suerte de medicinas, culebras, sapos, perdices y objetos que matan la gente, a éstos, maldita sean llévatelos, mátalos. Que se acaben en un campo de sangre con sus hijos y sus semejantes],
Que estos yndios murían con este castigo todo su casta y ayllo y sus hijos y nietos. Escapaua los niños que fuesen de teta porque no sauía el oficio y ancí se escapaua de la muerte. A éstos no les enterrauan, que lo dexauan comer los condores y gallinasos y sorras en el canpo,
Este oficio de matador de los adúlteros fueron Mayo ynga, Equeco ynga, que en aquel tienpo eran uerdugos. Y ancí en todo el rreyno estaua executado esta sentencia. El Ynga y su consejo que los corregidores, tocricoc, le sentenciaua y desto le abizan al Ynga de todo lo que pasa.
Que el Ynga tenía citios y lugares deste rreyno señalado para el castigo de los malos en peñasgos y serros y rríos y lagunas y cárzeles y preciones llamados Uatay Uaei, Zancay y Pinas Runa Uanochinan, Yauar Caca, Anta Caca, Arauay, Uinpillay, Ancas Cocha, Muyoc Hatun Yaco.
Castigo de los pontífises:
Por sus mentiras o falsos o leuantamientos le castigaua grauemente, cin apelación. Le sentenciaua hecho quarto; le daua a comer a los animales, leones y serpientes de sancay [cárcel]. Este dicho castigo hacía para que fuese fiel y cristiano exenplo en su ley, que tubiesen hordenansa

QVINTO CASTIGO DEL INGA I SV IVSTICIA.
Los tubiesen los dichos prínsepes y señores grandes y pontífises y saserdotes. Y para que aumentase su ley de sus dioses que los saserdotes, que no fuesen tan señor apsoluto, que temiesen a sus dioses y leys y justicia del Ynga y de los principales destos rreynos.
Castigo de uírgenes de los tenplos y dioses:
Y luego le sentenciaua que fuese colgado bibo de los cauellos en las peñas llamados arauay [horca], aunque le uean hablar y conuersar o enbiar otro que le hablen por ellos, con color de pecar con los hombres. Uista luego les daua esta sentencia para exenplo de las demás uírgenes y monjas, aclla a de sus dioses, porque no fuesen quebrantado su ley y boto de la uirginidad. Aún el dicho Ynga y los pontífises no le osaron a hablalle y ancí abía muchas uírgenes acllaconas. Si a éstas les entrasen la ley de Dios, fueran sanctas de ellas.
Castigo de los señores grandes y prencipales deste rreyno, como dicho es, y de los auquiconas yngas rreueldes, acimismo de los capac apoconas:
El castigo fue la cárzel de sancay y se les parese enformación, les dan bibo para que coma los yndios Chunchos y se [e]xe[c]uta ésta.
Castigo de las señoras principalas y de coya [reina] y de nustas [princesa], pallaconas [mujeres nobles, galanas] b:
Les manda atormentar con toclla [lazo], uasca [soga] y ci le hallan culpada le dan a comer a los yndios Anti que lo coma biba; esta sentencia se executa.
Castigo de las mugeres pobres: Ci les hal[l]an culpadas, les echa en un rrío que uiene cricida, uatanay mayo [lit. el río que ata]. Allí se muere; esta sentencia se executa.
Castigo de los uirreys capac apo, oydores, alcaldes de corte, corregidores, alguaziles, fiscales y otros jueses: Que los fiscales fueron Quilles Cachis, Yquecos. Éstos lleuauan mentira al Ynga; fueron cimi apac c, fiscauan a los malos en este rreyno. Le tenía preso en la cárzel de pinas y ci les hallaua culpado, dallí les sentenciaua a muerte y castigo, exenplo.
CASTIGOS DEL INGA
Castigos de caualleros que se dize allicaccona, fuera de los prencipales, los quales le llaman allicac a, hecho merced del Ynga, y churinpi camachicoc [autoridad menor]: curaca huno b, uaranga c, pisca pachaca d, pachaca e, pisca chunga f, chunga g, pisca h camachicoc:
Questos mandones desde pisca pachaca, de quinientos yndios tributarios, fueron castigados con hiuaya rumi [piedra negra, durísima] i que le soltauan de alto de dos uaras hacia el lomo con una piedra que será como medio adobe. Algunos se muría luego; algunos salía medio muerto y desto le curauan y lo sanauan aunque quedauan tollido. Esta sentencia fue executado en ellos.
Castigo de borrachos que a éstos les llamauan haplla [violento], machasca [emborrachado], zuua [ladrón], uachoc [adúltero], pallco [mentiroso], yscay songo [traidor]:
Todo este bocablo y pecado entraua al borracho y ancí luego le mandaua matar. Y ci el borracho bolbía el rrostro a la muger o rreuesaua o hablaua nesedades, luego fue muerto y executado la sentencia y la pena y muerte. Fue mandado que todos los yndios le pizasen en la barriga para que la hiel y la chicha del borracho rreuentase. Sentenciaua al borracho el Ynga. Dice ací: “Astaya ayzarcoy, sarocuychic Tauantin Suyo hapllacta llullata yscay sonco machascata.” [“En hora mala, arrástrenlos violentamente, pisotéenlos a los violentos del Tawantin Suyu, a los mentirosos, traidores y borrachos.”] Y ací muere.
Castigo de mentirosos y perjuros que dezían llulla rimac, pacha pantac, llullata ynti uaca bilcata pacha mamata sucaric [los que hablan mentiras, confunden al mundo, levantan falso testimonio contra el sol, los waqas y willkas y la madre tierra]:
Castigauan a éstos con unos asotes que llamauan uauquin songo que era texido como cordón y era de cabuya. A la punta del asote estaua pegado cuero souado dos dobleses tamaño como sapato de niño. Con ello le dauan ueynte asotes que les acaua las entrañas. Esto fue castigo de los perjuros, cacimanta nacacuc .

LAS VIRGENES Y ACLLAS.

PRIMER CAPÍTVLO DE LAS MONJAS, ACLLACONAS [las escogidas]
/ auadesa / mamacona [señoras] / monjas / aqllakuna / mamakuna /


ACLLA
Las uírgines que los yndios les llaman acllacona 1 [las escogidas] que auía en tienpo del Ynga son los ciguientes casas y depocitarios de monjas:
Que auía de seys maneras uírgenes de los ýdolos y otros says maneras de uírgenes comunes y en cada lugar en el rreyno.
Uírgenes de ueynte años, la primera guayrur aglla [escogida principal] a, uírgenes que seruían al sol y a la luna, estrellas Chasca Cuyllor [Venus], Chuqui Ylla [¿Marte?]. Estas dichas uírgenes en su uida no hablaua con los hombres hasta murir. Y an de entrar de 20 años.
Uírgenes del ýdolo guaca de Uana Cauri, ydolo de los Yngas. Que se llama estas uírgenes sumac aclla [“escogida hermosa”], que no pecaua ni trataua con los hombres. Éstas eran de edad de treynta años y muría en ellas.
Uírgenes de los prencipales uacas ýdulos que son de los uayror aclla, sumac [“la escogida del wayruru que es hermosa”], de edad de ueynte y cinco años, los quales son uírgenes perpetuas hasta murir.
Uírgenes de los segundo uacas ýdolos que se llamauan sumac acllap catiquin [“la que sigue a la sumaq aqlla”] de edad de treynta y cinco años. Quéstas hilauan y texían la rropa de las uacas ýdolos de este rreyno, muy delicadas como zeda2.
Uírgenes de los uacas ýdolos menores, aclla chaupi catiquin sumac aclla [“sumaq aqlla que sigue a la aqlla de estatus mediano”] de edad de quarenta años, que seruían en las sementeras y rropa en el rreyno.
Uírgenes pampa acllaconas [“escogidas campesinas”] de las que serbían a la luna y estrellas y los demás uaca bilcas ýdolos, dioses comunes. Las quales fueron estas mugeres texedoras de chunbes faxas y uinchas [cinta] y chuspa uatus [cordones de la bolsa para coca] b y chuspas ystalla [bolsa de mujer] c y otras galanterías, de edad de cincuenta años. Y nunca pecaua y eran hijas de los auquiconas príncipes yngas.
Uírgenes aclla de los Yngas. Quéstos eran hermosas y le serbían a los Yngas, eran donzellas. Quéstas texían rropa y hacían chicha y hacían las comidas y no pecauan
/ aqllakuna / wayrur aqlla / Ch'aska Quyllur / Chuqi Illa / sumaq aqlla / waqa / sumaq aqllap qatiqin / aqlla chawpi qatiqin, sumaq aqlla / pampa aqllakuna / waqa willka / chumpí / wincha / ch'uspa watu / ch'uspa istalla / awkikuna.


VÍRGENES
Con ellas. Fueron de edad de ueynte y cinco años, niñas.
Uírgenes comunes, aclla panpa ciruec a, en todo el rreyno puestas y sus casas se llama aclla uaci [casa de las escogidas] 1, acllap chacran [sementera de las escogidas] y sus sementeras para seruir los tanbos rreales [mesón en la carretera real] y seruir fi[e]stas. Y se sacan destas comunes para rrepartir para el beneficio de las comunidades y sapci las sementeras y rropa, como auí[a] uisto y se enformó desto el señor don Francisco de Toledo, bizorrey. Mandó que las solteras y biudas trauajasen en todas las comunidades de sementera y rropa y de sapci y los solteros en los ganados. Y que estos de says años saliesen de la dotrina y que entrasen a la comunidad; entiéndese muchachos, que no muchachas, en la dotrina en este rreyno.
Las uírgenes acllas que sacan las cantoras y múcicas y múcicos y flauteros, tanboreleros. Que le cantan al Ynga y a la señora coya y a los señores capac apoconas y a sus mugeres y para fiestas y pascuas, casamientos y bautismos, uarachicos, rutochicos [ceremonias del ciclo vital] b y fiestas del año y meses, todo lo que manda los Yngas. Estas donzellas tenían de edad de doze años, escogidas de buena bos y donzellitas.
Otra casa de donzellitas aclla llamado uinachicoc aclla [“escogida que hace crecer”] que entrauan de quatro años las muchachas, que aprendían a trauajar, texer, hilar y lo demás cosas que se les mandaua. Questas aprendises eran de dies años; entrando de quatro años, estauan en esta casa hasta dies años. Aprendían oficio de muger.
Otra casa que llamauan mamacona [señoras], que era casa común yndias. Tanbién eran uírgenes, las escogidas dexedoras para la rropa y para las chacaras, sementeras. Y era muy mucha gente de edad de cinqüenta años hasta cien años. Trauajaua estas dichas donzelas purun uarme acllacona, uinay do[n]zella [mujer virgen, elegidas, siempre doncellas].
Otra cas[a] de acllaconas del mismo Ynga. Que alguna destas eran uírgenes, algunas estauan corronpidas y amanzebas del mismo Ynga. Eran hijas de prencipales y éstas se ocupauan sólo en hazer rropa para el Ynga mejoor [sic] que tafetán y seda. Y hacía linda chicha que de tan bueno maduraua un mes llamado yamor toctoyc,
/ aqlla. pampa serviq / aqlla wasi / aqllap chakran / sapsi / aqlla / quya / qhapaq apukuna / warachiku / ruthuchiku / wiñachikuq aqlla / mamakuna / chakra / purun warmi aqllakuna, wiñay / yamur tuktuy .

MAESTROS DE LA I.E. LICEO SANTO DOMINGO

MAESTROS DE LA I.E. LICEO SANTO DOMINGO
En la gran para militar 2012

Autoridad Estudiantil "TERCIO ESTUDIANTIL DE LA UNE"

Autoridad Estudiantil "TERCIO ESTUDIANTIL DE LA UNE"

CONFERENCIA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN,

CONFERENCIA EN  LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN,
TEMA: Diferendo Marítimo bilateral Perú - Chile